A continuación le detallamos las condiciones generales de contratación para el alquiler de caravanas. La firma del contrato de alquiler de caravana supone la aceptación de cada una de las siguientes condiciones:
- El importe total del alquiler deberá ser abonado antes de la salida mediante dinero en efectivo o cheque bancario conformado. Así mismo se depositará una fianza de 400€ para garantizar el buen uso y correcta devolución de la caravana.
- Se establece el precio del alquiler según tarifa, en cuya cantidad está incluido el IVA legalmente repercutible.
- Al formalizar el contrato de alquiler se abonará una señal del 30% de la totalidad de la factura acreditándose esta mediante transferencia bancaria.
- No procederá por parte del cliente exigir indemnización alguna, si, por motivo de fuerza mayor o por causa fortuita, el vehículo no pudiera entregarse el día convenido. Si tendrá derecho a la devolución de la señal adelantada a la firma del contrato en caso de no llevarse a cabo el mismo.
- En caso de que el arrendatario, por propia decisión unilateral, inicie con retraso o termine anticipadamente el alquiler, no tendrá derecho a reembolso alguno.
- La entrega y recogida de la caravana se realizará en el centro de alquiler en el día establecido y en horario de apertura al público. También se puede realizar la entrega y recogida en el domicilio del cliente o en el destino elegido por él mismo, aceptando una tarifa de 0,50 €/km + peajes ida y vuelta en entrega y lo mismo en recogida.
- Se prohíbe expresamente destinar la caravana a cualquier actividad contraria a la moral, las leyes y las buenas costumbres. Expresamente queda prohibido transportar a personas en el interior de la caravana mientras se este circulando con ella enganchada al automóvil, transportar mercancías u objetos que no estén permitidas por nuestra legislación, ceder su uso a título oneroso o lucrativo, así como quitar o tapar anagramas de la sociedad.
- El usuario responde a cualquier sanción o multa, que por contravenir las disposiciones vigentes le fueren impuestas, alcanzando la misma responsabilidad en el supuesto de que por su culpa fuese la caravana retenida o embargada, corriendo además, con los gastos y el lucro cesante de la arrendadora durante el tiempo que dure la indisponibilidad del vehículo, aplicándose por cada día que fuese retenido o embargado el importe por día según la tarifa de alquiler.
- En caso de paralización de la caravana por causa única y exclusivamente imputable al cliente, este será responsable de los perjuicios derivados de dicha paralización.
- El vehículo arrendado deberá ser devuelto en buenas condiciones higiénicas, con su interior limpio, con el wc (si lo hubiese) y depósitos de aguas residuales debidamente vaciados y aclarados. En caso contrario acepta el usuario el pago de la cantidad fija de 90€.
- Si el cliente quiere prolongar el arrendamiento de la caravana sobre las fechas establecidas, deberá comunicarlo al centro de alquiler con una antelación de 3 días a la finalización del contrato. La eventual confirmación de la prorroga estará sujeta a las disponibilidades que en ese momento tenga la arrendadora no asumiendo por tanto este último compromiso previo alguno. Los retrasos en la entrega no autorizados ni debidos a fuerza mayor, serán penalizados con una tarifa diaria triple a la cantidad aplicada en contrato.
- Queda terminantemente prohibido abandonar el territorio Español con la caravana sin previo aviso al centro de alquiler.
- El centro de alquiler se reserva el derecho de modificar la caravana por otra, de categoría superior o inferior.
- La caravana objeto del contrato si es superior a 750 Kg se encuentra asegurada según la ley, por lo que de resultar algún siniestro durante la vigencia del contrato de arrendamiento, que no cubra la póliza de la caravana, el cliente soportará el importe, que desde hasta ahora autoriza pueda ser compensado en su caso con la fianza constituida. Si no fuese suficiente con la fianza el cliente asumiría el gasto. Serán de cuenta exclusiva del cliente las responsabilidades civiles que se deriven de hechos o circunstancias no contempladas como incluidas en la póliza.
- La caravana objeto del contrato se es inferior a 750 Kg , deberá estar asegurada con la póliza del seguro del vehículo tractor. De resultar algún siniestro durante la vigencia del contrato de arrendamiento que no cubra la póliza del vehículo tractor, el cliente soportará el importe, que desde hasta ahora autoriza pueda ser compensado en su caso con la fianza constituida. Si no fuese suficiente con la fianza el cliente asumiría el gasto. Serán de cuenta exclusiva del cliente las responsabilidades civiles que se deriven de hechos o circunstancias no contempladas como incluidas en la póliza.
- La fianza será devuelta después de ser examinada la caravana por el personal del centro de alquiler, en caso de desperfectos debidos al mal uso, determinará mediante nota detallada, el importe que el cliente deberá abonar, autorizando el cliente a compensar dicho importe de la fianza depositada. En caso de no ser posible la valoración de los daños de forma inmediata, la arrendadora dispondrá de 30 días para la devolución en su caso, del importe de la fianza sobrante una vez deducido el coste de la reparación y desperfectos o daños causados.
- En caso de avería en el vehiculo tractor y no poder entregar la caravana en el plazo convenido por sus propios medios ni por su seguro, el arrendador recogerá la caravana donde se encuentre, aceptando el arrendatario la tarifa de 0,50€/km, contabilizándose la salida desde nuestro centro hasta la llegada al mismo.
- Queda totalmente prohibido fumar dentro de la caravana.
- Es obligatorio poner una matrícula del vehiculo tractor en la parte posterior de la caravana.
- La caravana se entrega con rueda de repuesto, lámparas y herramientas suficientes. También se entregan dos bombonas de butano.
- El arrendatario autoriza al arrendador a incorporar sus datos como cliente a los solos efectos de este contrato, en la base de datos de la empresa arrendadora.
- Las condiciones generales que se describen, forman parte del contrato de arrendamiento, obligando mutuamente a los contratantes.
- FUERO: las partes contratantes se someten a las decisiones que puedan adoptarse por el JURADO ARBITRAL de la Cámara de Comercio de Toledo, o por la institución que la sustituya para todas las acciones que se deriven del presente contrato.
Documentación necesaria referente a los conductores:
- DNI y permiso de conducción ambos en vigor.
- Tener 23 años cumplidos y dos años de antigüedad en el permiso de conducción B.
Documentación necesaria referente al vehículo:
- ITV al día.
- Fotocopia del permiso de circulación y ficha técnica.
- Póliza del seguro en la que conste que arrastra remolque de hasta 750 kg. (En caravanas superiores a 750 kg no será necesario este punto).